El golf como excusa: empresa condenada a pagar 15.000 euros por despedir a trabajador en baja
¿Apurado? Haz clic aquí para ir directamente al resumen de esta noticia.
Trabajador despedido por jugar golf mientras estaba de baja recibe indemnizaciónEl Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictaminado que una empresa debe pagar una indemnización de 15.000 euros a un trabajador al que despidió luego de descubrir, a través de un investigador privado, que mientras estaba de baja por enfermedad se dedicaba a jugar al golf. Además, el alto tribunal ha declarado nulo el despido, argumentando que se vulneró el derecho a la intimidad del empleado.
Violación de la privacidad
El caso se remonta a septiembre de 2023, cuando el trabajador, en situación de incapacidad temporal por un trastorno adaptativo, fue suspendido de empleo y sueldo por la empresa, basándose en un informe de detectives privados a los que habían contratado. Estos detectives tomaron fotografías sin su consentimiento en un club de golf privado y en su segunda residencia, ubicada fuera del País Vasco.
Decisiones clave de la sentencia
El TSJPV ha determinado que la vigilancia realizada por la empresa constituyó una violación de la privacidad del trabajador, ya que no se solicitó su consentimiento ni se siguió el protocolo adecuado para realizar una vigilancia en un lugar privado como un club de golf. Además, se destacó que la práctica del golf no es incompatible con el diagnóstico del trastorno adaptativo del empleado, por lo que no podía ser motivo justificado para el despido.
Importancia de la sentencia
La sentencia del TSJPV sienta un precedente importante en cuanto a la privacidad de los empleados en situaciones de baja médica, enfatizando la necesidad de respetar los derechos individuales de los trabajadores. La empresa, además de enfrentar la indemnización de 15.000 euros, debe asumir la nulidad del despido y la posibilidad de recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo.
Conclusión
Este caso ejemplifica la importancia de respetar la privacidad de los trabajadores, incluso en situaciones en las que se sospeche de conductas indebidas. La decisión del TSJPV destaca la necesidad de cumplir con los protocolos legales y éticos en la vigilancia de los empleados, así como de no realizar despidos injustificados sin una justificación sólida y legalmente válida.
Resumen de la noticia
- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco determina que una empresa debe pagar una indemnización de 15.000 euros a un trabajador despedido por jugar al golf estando de baja.
- La sentencia declaró nulo el despido, ya que la empresa contrató a un investigador privado para seguir al trabajador en un club de golf privado sin su consentimiento, violando su intimidad.
- El trabajador, de baja por un trastorno adaptativo no identificado, fue suspendido por la empresa basándose en el informe de los detectives privados que lo vigilaban en el club de golf y en su segunda residencia.
- El tribunal considera que la vigilancia realizada fue una violación de la privacidad del empleado y que la práctica del golf no puede justificar un despido en caso de una enfermedad diagnosticada.
- La sentencia no es firme y puede apelarse ante el Tribunal Supremo, pero establece un precedente importante en cuanto a la privacidad de los empleados durante bajas médicas.
Deja una respuesta
Últimas Noticias