El nuevo complemento para la reducción de la brecha de género: ¡un impulso para las pensiones de jubilación!

La Seguridad Social está devolviendo un complemento inesperado a todos estos jubilados

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La Seguridad Social abona retroactivamente el complemento por ser padre

Buena noticia para muchos jubilados. La Seguridad Social está empezando a abonar, con carácter retroactivo, las cantidades correspondientes al complemento por ser padre que no fueron ingresadas en años anteriores.

Nueva medida para reducir la brecha de género en las pensiones

Estos pagos se están produciendo después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y posteriormente el Tribunal Supremo dictaminaran que la concesión del complemento de maternidad era discriminatoria para los hombres. Para corregir ese problema, el complemento de maternidad ha sido sustituido por el complemento para la reducción de la brecha de género.

Importe del complemento para la reducción de la brecha de género

En el año 2024, el importe del complemento para la reducción de la brecha de género asciende a 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. La cifra anual del complemento puede llegar a alcanzar los 1.859,20 euros.

Consecuencias fiscales de la devolución

No obstante, el pago con carácter retroactivo de las sumas correspondientes al complemento para la reducción de la brecha de género también tiene una serie de consecuencias fiscales para las personas beneficiadas. El artículo 14 de la Ley del IRPF estipula que “cuando por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, los rendimientos derivados del trabajo se perciban en períodos impositivos distintos a aquellos en que fueron exigibles, se imputarán a éstos, practicándose, en su caso, autoliquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo alguno”.

Resumen de la noticia


    • La Seguridad Social está empezando a abonar, con carácter retroactivo, las cantidades correspondientes al complemento por ser padre que no fueron ingresadas en años anteriores.
    • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que la concesión del complemento de maternidad era discriminatoria para los hombres.
    • El complemento de maternidad ha sido sustituido por el complemento para la reducción de la brecha de género, destinado a personas beneficiarias de una pensión que hayan tenido uno o más hijos.
    • El importe del complemento puede llegar a alcanzar los 1.859,20 euros anuales por cada hijo o hija, con un límite de cuatro veces dicho importe.
    • El pago retroactivo del complemento tiene consecuencias fiscales para los beneficiados, debiendo imputar los rendimientos derivados del trabajo en los períodos impositivos correspondientes.

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